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Glosario

Glosario de términos SUNAT: IGV, detracciones, SIRE, PLE y más

12 min de lectura
Glosario de términos SUNAT: IGV, detracciones, SIRE, PLE y más

Glosario de facturación electrónica y tributación en Perú

Este glosario reúne los términos más importantes que todo empresario peruano debe conocer para cumplir con sus obligaciones tributarias y de facturación electrónica ante SUNAT.


IGV (Impuesto General a las Ventas)

Impuesto al valor agregado que se aplica a la venta de bienes, prestación de servicios, contratos de construcción e importaciones.

  • Tasa: 18% (16% IGV + 2% Impuesto de Promoción Municipal).
  • Tasa especial 2026: 10.50% para MYPEs del sector restaurantes, hoteles y alojamiento turístico.
  • Cómo funciona: El vendedor cobra 18% sobre el precio de venta. Puede deducir el IGV que pagó en sus compras (crédito fiscal) y remite solo la diferencia a SUNAT.
  • Quiénes lo cobran: Empresas del RER, MYPE Tributario y Régimen General. Los del Nuevo RUS no cobran IGV.

Crédito fiscal

Es el IGV que pagaste en tus compras relacionadas a tu actividad empresarial. Se "descuenta" del IGV que cobraste en tus ventas. Solo se obtiene con facturas (no con boletas).

Detracciones (SPOT)

Mecanismo de recaudación anticipada del IGV. El comprador retiene un porcentaje del monto de la factura y lo deposita en la cuenta del vendedor en el Banco de la Nación. El vendedor solo puede usar esos fondos para pagar impuestos.

  • Cuándo aplica: Operaciones que superan S/ 700 (servicios) o S/ 400 (transporte de carga).
  • Porcentajes: Varían entre 1.5% y 15% según el tipo de bien o servicio.
  • Cambio 2026: Desde marzo 2026, SUNAT puede embargar automáticamente fondos de cuentas de detracciones.

Retenciones del IGV

El comprador (designado como Agente de Retención por SUNAT) retiene el 3% del monto total de la factura al momento del pago. El vendedor puede usar ese monto retenido como crédito contra su IGV por pagar.

  • Aplica: En operaciones mayores a S/ 700.

Percepciones del IGV

El vendedor (designado como Agente de Percepción por SUNAT) cobra un porcentaje adicional sobre el precio de venta como anticipo del IGV futuro del comprador.

  • Ventas nacionales: 2% adicional.
  • Importaciones: 3.5% a 10% según el caso.

RUC (Registro Único de Contribuyentes)

Número de 11 dígitos que identifica a cada contribuyente en Perú. Es obligatorio para cualquier actividad económica formal.

  • Personas naturales: Empieza con "1" + 8 dígitos del DNI + 2 dígitos de verificación.
  • Personas jurídicas: Empieza con "2" + 10 dígitos.

Clave SOL

Credencial digital (usuario + contraseña) que da acceso a SUNAT Operaciones en Línea. Permite declarar impuestos, emitir comprobantes, consultar información tributaria y gestionar trámites en línea.

  • Cómo obtenerla: Gratis, en línea o en cualquier centro de servicios SUNAT.

Certificado Digital

Archivo electrónico (.pfx) que permite firmar digitalmente los comprobantes de pago electrónicos. Garantiza la autenticidad del emisor y la integridad del documento.

  • Opción gratuita: CDT (Certificado Digital Tributario) de SUNAT, vigencia 3 años.
  • Opción pagada: Desde ~S/ 295/año con proveedores autorizados.

UBL 2.1 (Universal Business Language)

Estándar internacional XML adoptado por SUNAT para todos los comprobantes electrónicos. Define la estructura técnica que debe tener cada factura, boleta o nota de crédito.

PSE (Proveedor de Servicios Electrónicos)

Empresa autorizada por SUNAT para emitir comprobantes electrónicos en nombre del contribuyente. El PSE usa su propio certificado digital para firmar los documentos.

OSE (Operador de Servicios Electrónicos)

Empresa autorizada por SUNAT para validar comprobantes electrónicos antes de enviarlos a SUNAT. A diferencia del PSE, el OSE no emite: solo valida documentos que ya fueron generados y firmados por el contribuyente.

SIRE (Sistema Integrado de Registros Electrónicos)

Nueva plataforma de SUNAT que centraliza los registros de ventas y compras. SUNAT genera una propuesta prellenada que el contribuyente revisa y acepta. Reemplaza al PLE para estos registros.

  • Obligatorio 2026: Para PRICOS desde enero/junio 2026 según nivel de ingresos.

PLE (Programa de Libros Electrónicos)

Aplicación de escritorio de SUNAT que permitía validar y enviar libros contables electrónicos. Está siendo reemplazado progresivamente por el SIRE (para registros de ventas y compras).

Comprobantes de pago electrónicos (CPE)

TipoUsoCrédito fiscal
FacturaVentas B2B (entre empresas)
Boleta de ventaVentas B2C (consumidor final)No
Nota de créditoAnulaciones, descuentos, devolucionesAjusta
Nota de débitoCargos adicionales, interesesAjusta
Guía de remisiónTraslado de mercaderíaNo aplica

Regímenes tributarios

RégimenLímite de ingresosImpuesto a la RentaIGVComprobantes
Nuevo RUSS/ 96,000/añoS/ 20-50/mes (cuota fija)NoSolo boletas físicas
RERS/ 525,000/año1.5% mensual18%Facturas y boletas
MYPE TributarioS/ 9,350,000/año10% (primeras 15 UIT) y 29.5%18%Todos los CPE
Régimen GeneralSin límite29.5% anual18%Todos los CPE

UIT (Unidad Impositiva Tributaria)

Valor de referencia utilizado para calcular multas, tramos de impuestos y otros conceptos tributarios. En 2026: S/ 5,500.


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